Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decretó MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado ALEXANDER JOSE LOPEZ RENDON, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.909.605, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació Barcelona el día 02-04-74, de 33 años de edad, de oficio soldador de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos HECTOR JOSE RENDON MALAVE (V) Y OLIVIA MERCEDES DE RENDON (V), residenciado vereda 59, Casa N° 05, sector 02, Boyacá III, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SICILOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, articulo 87 en concordancia con el articulo 92 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en relación con los ordinales 3° y 4° el articulo 256, del Código Orgánico Pr.....