SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL ESTADO ANZOATEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo que intentara la ciudadana HILDA MARICELA BARRETO CABEZA. en contra de la Sociedad mercantil FRIGORIFICO MAXICARNES C.A.
SEGUNDO: Se condena en costa a la parte demandada por ser totalmente vencida
TERCERO: Se condena a pago de Intereses Moratorios de lo condenado desde la fecha de terminación de la Relación de Trabajo es decir desde el 24 de Septiembre de 2007, hasta la publicación del presente fallo las cuales serán calculados a la tasa del mercado vigente, establecido por el Banco central de Venezuela para los intereses de Prestaciones.
CUARTO: En caso de que el demandado no cumpliere voluntariamente Se ordena el pago de los intereses de Mor.....