En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia. en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL AL PENADO YILMER ALEXANDER PIRICUA CULPA, titular de la cédula de identidad N° V- 16.479.742, venezolano, de 26 años de edad, natural de Boca de Uchire, donde nació en fecha 04-06-78, obrero, residenciado en Barrio Machado s/n, Boca de Uchire, bajo las condiciones siguientes:
1.- Presentarse al Tribunal todos los Lunes de cada mes.
2.- No consumir bebidas alcohólicas, ni Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ni frecuentar sitios donde se vendan.-
3.- Realizar en tiempo libre y sin fines de lucro, un trabajo comunitario de interés social.
4.- No cometer delitos o Faltas.
5.- Señalar una dirección donde pueda ser localizado para cualquier circunstancia.
6.- Comparecer al Tribunal.....