En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales, indemnizaciones provenientes de enfermedad profesional y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano ANGEL RAMON FRANCO, en contra de la demandada TRANSPORTE YELAMO, C.A. En consecuencia, se condena a la empresa demandada al pago de la suma de Bs. 11.550.335,44, más la suma que resulte del cálculo de los intereses sobre prestaciones sociales y la indexación acordada.