En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa intentada por la Abogada VERONICA MARCANO GUEVARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 86.381, en su carácter de apoderad judicial de la SOCIEDAD DE GARANTIAS RECIPROCAS PARA LA MEDIANA Y PEQUEÑA EMPRESA DEL ESTADO ANZOATEGUI, S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Puerto la Cruz, e inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de leste Estado, en contra de la firma personal CARLOS ENRIQUE LICHUCK VILLARROEL, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de este Estado, en fecha 08 de mayo de 2006, bajo el Nº 100, Tomo B-7, todos plenamente identificados en autos, con fundamento en la disposición legal antes citada y se ord.....