en consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese al ciudadano ANDRES JOSE SUCRE MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.084.169, quien actualmente presta sus servicios en la Empresa BIGOTT, ubicada en la Zona Industrial Castillitas, Calle López Mendoza, frente la Alcabala Policía Municipal Valencia, Estado Carabobo, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°. 02, al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, más tres (03) días que se le conceden como termino de distancia, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30.AM) y .....