El Tribunal Supremo de Justicia, en cuanto a la procedencia de las medidas cautelares, ha señalado:..... "Debe existir estricta conexión entre la procedencia de la medida cautelar y los alegatos y pruebas que el solicitante traiga a los autos para demostrar la
verificación de los requisitos exigidos por la ley para ello. Debiendo el Juez fundamentar los requisitos de procedencia y aportar un medio de prueba que constituya al menos presunción grave de esa circunstancia. Es decir, no basta con alegar que exista un peligro inminente de que quede ilusoria la ejecución del fallo definitivo, sino que además debe acompañarse un medio de prueba que pueda hacer surgir en el Juez, al menos una presunción grave de la existencia de dicho peligro...." (sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 739 - Sala De Casación Civil).
De los documentos acompañados a la demanda, rielan a los folios 5 al 15 documento de opción de compra-venta en original y cheque emitido por la solicitante, lo que ha.....