En tal virtud, la demanda así planteada es inadmisible.
En fuerza de las consideraciones precedentes, el Tribunal declara INADMISIBLE la demanda de cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por los ciudadanos Leydys Rosmery Rodríguez y Maritza Coromoto Mejia Valderrama contra el Instituto Autónoma de Policía Municipal del Estado Anzoátegui.
Pronunciamiento que hace este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
Déjese copia certificada.