el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos IRMA JOSEFINA ROSAS VIUDA DE MARCANO, YARITZA JOSEFINA, GILBERTO RAMON, JEAN MANUEL Y MILY MARIA MARCANO ya identificados del fallecido HUMBERTO RAMON REYES MARCANO, quien fuera venezolano, y portador de la Cédula de Identidad N° 2.440.864, fallecido ab-intestato en fecha 13 de agosto de 2006.- Así se decide.-