Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD al imputado JOSÈ LEONARDO AGUANA MAESTRE, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.342.167, donde nació en fecha 18/06/90, de, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, de 18, años de edad residenciado en calle principal, casa S/N, caserío capiricual, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de HOMICIDO INTENCIONAL, en perjuicio del occiso EDUARDO EVAN ROJAS, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a seguirse es el Especial. Líbrese la Boleta de Encarcelación correspondiente. Cúmplase.