".."Solicito al tribunal que en virtud de las concesiones otorgadas a la parte notificada y ocupante del inmueble, se abstenga de practicar la presente medida de secuestro. Es todo". Seguidamente la Juez Primero Ejecutor de Medidas visto el ofrecimiento y concesiones realizadas por la apoderada de la parte ejecutante y la notificada, así como la solicitud realizada por la apoderada de la parte actora referente a que este Tribunal se abstenga de practicar la presente medida, este Tribunal SE ABSTIENE, de practicar la misma ordenando mantener en los archivos de este despacho el presente exhorto hasta tanto la parte ejecutante o el tribunal de la causa decida lo conducente..."