En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesta por el ciudadano Saúl de Jesús Monsanto debidamente asistido por el abogado Plutarco Elías Marulanda todos ya identificados, contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares contenido en la Resolución Nº DC-06-03-061 de fecha 17 de marzo de 2006, emanada de la Contraloría General del Estado Anzoátegui.