Se decreta con lugar la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público de Medidas de Protección a favor de la Víctima de conformidad a lo establecido en el artículo 87 numerales; 1, 3, 5, 6 y 10 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, consistentes en: 1) Remitir a la Víctima al Equipo Interdisciplinario a los fines de que sea debidamente orientada. 3) Ordenar la salida del presunto agresor del hogar común. 5) Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida; en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida. 6) Prohibir que el presunto agresor, por sí mismo o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia y 10) prohibición de uso del arma de fuego.
QUINTO: Se decreta con lugar la medida cautelar sustitutiva de libertad establecida en el artículo .....