Acto seguido el Tribunal toma la palabra y procede a imponer al acusado: JUAN AGUSTIN TEJADA GUATACHE, Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha: 24-06-1969, comerciante, soltero, natural El Guapo, estado Miranda, hijo Juan Tejada y madre desconocida, titular de la cedula de identidad V.-12.117.217, domiciliado en casa Nº 22, frente a la casa de Columba, calle Santa, en Valle Guanare Estado Anzoátegui, de los hechos objeto de este proceso y en los que se fundamenta la acusación fiscal; tal y como lo consagra el articulo 347 del Código Orgánico Procesal Penal, así como el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a los fines de que este manifieste a este Tribunal si desea rendir declaración en este acto; manifestando el acusado quien expone:"NO QUIERO DECLARAR EN ESTE MOMENTO, es todo". Seguidamente la ciudadana Juez, solicito al Alguacil si existe algún órgano de prueba, manifestando el mismo, que no hay testigos o expertos presentes, es por.....