DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano RAINER ANTONIO QUIARO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 22.850.434 y domiciliado en Puerto Píritu Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Luisa Elena Guevara, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.570, en contra del ciudadano HERNAN ANTONIO QUIARO GUAINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.236.416. Así se decide.