Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Circuito Judicial, El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio contencioso propuesta por la ciudadana YAQUELIN JOSEFINA YBARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.013.977,con domicilio en la urbanización San Antonio, manzana V, calle 5, Primera Etapa, casa Nº 04, debidamente asistida por la abogada ISABEL GUZMAN, debidamente inscrita en inpreabogado bajo el Nº 137.933, en contra del ciudadano EURIDE GUMERCINDO MARCANO, venezolano. Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.955.804, asunto en el que están involucrados por haber sido procreados durante la unión matrimonial el adolescente y el niño ..... respect.....