Por las razones anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL 3º DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÀTEGUI administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de la ciudadano RODOLFO ANTONIO COLMENARES LOPEZ, titular de la cédula de Identidad V- 14.189.377 por la comisiòn de delito de ACTO CARNAL, el cual se encuentra previsto y sancionado en el artículo 379 del Código Penal vigente para el momento de los hechos en perjuicio de la ciudadana LISBETH DEL CARMEN MIRANDA LOPEZ, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes la presente decisión.