Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio que por Cobro de Bolívares tramitado por el procedimiento de Vía Ejecutiva, hubiere incoado la Sociedad Mercantil HOTELES DORAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 07 de Febrero de 1.977, bajo el Nº 07, Tomo A y de este domicilio, representada Judicialmente por el Abogado en ejercicio JUAN FEDERICO ARGÚELLO URPÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.812.283, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.198, en contra del ciudadano OSCAR MAYZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 949.712 y domicilia.....