SE DECRETÓ el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO,  a favor del imputado V.M., anteriormente identificado, por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto en el articulo 374 del Código Penal, en perjuicio de G.P.F.G., en  consecuencia  este sobreseimiento pone término al presente procedimiento,  adquiere    la autoridad de cosa juzgada  e impide  una persecución penal  en contra del joven de autos por el mismo hecho  y hace cesar la medida cautelar inicialmente impuesta;   de conformidad con lo establecido en los  artículos 562, 547  de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el articulo 301  del Decreto con rango, fuerza y  valor  de ley del  Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección d Niños, Niñas y Adolescentes