Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano: AQUILINO JOSE URDANETA INCIARTE identificado de la siguiente manera: venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 10.413.742, natural de Maracaibo, Estado Zulia, donde nació en fecha 01-07-1967, de 40 años de edad, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos Aquilino Urdaneta (v) y de Julia Urdaneta, residenciado en: Urbanización Plaza de Toro, Ciudad Plaza, Apartamento 58-A, Valencia, Estado Carabobo, por la presunta por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405, del Código Penal Venezolano, en perjuicio de MANUEL SALVADOR NAZARIEGO VEGAS, conforme a los artículos 250, numerales 1, 2 y 3, en concordancia con el 251 ordinales 2° Y 3°, to.....