Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considerando que el Juez tiene la obligación de verificar la procedencia de la acción escogida por el demandante antes de darle curso a la misma, y observando claramente que la presente demanda se encuentra dentro del supuesto de inadmisibilidad por ser "CONTRARIA A DERECHO", por lo que, forzosamente debe este Despacho declarar INADMISBLE la presente demanda POR RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO y DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por el ciudadano RAMONA CRISTINA MARTINEZ viuda de Azócar, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.729.364, con domicilio en Brisas del Mar Estado Anzoátegui, asistida de abogado en contra de la ciudadana LOURDES MENDEZ DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, .....