Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD prevista en el Articulo 256 Numeral 3 del Código orgánico Procesal penal, consistente en: Consistentes en; 3) Presentación periódica por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada Treinta (30) días. A favor del ciudadano: DAGOBERTO RAFAEL REYES, venezolano, natural de CLARINES-ESTADO ANZOATEGUI, de 33 años de edad, nacido en fecha: 04-09-1978, Cedula de Identidad Nº, Casado, de profesión u Oficio: ALBAÑIL. Hijo de: PEDRO JUVENAL CAVADIAZ (V) y YONY REYES (V); residenciado en: CALLE PEDRO ANTONIO ANZOATEGUI CASA N° 16, SECTOR CLARINES- Est.....