A tales efectos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 del Código Civil, así como, el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado DECLARA la SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los cónyuges ciudadanos LIOMELYS YANE GUEVARA GUEVARA y SIXTO RAFAEL MAVAREZ, anteriormente identificados, en las mismas condiciones establecidas por ellos en el escrito de separación. En consecuencia, a partir de éste momento se suspende la vida en común existente entre ellos.