Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la Recusación planteada por el ciudadano CLAUDIO FRISOLI, en contra del ciudadano Juez del TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, ABOGADO JESUS GUTIERREZ DIAZ; actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano CARLOS BORGES, de nacionalidad cubana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-82.361.050, parte actora en el juicio de DIVORCIO, seguido en contra de la ciudadana KEINSY RIVAS, todos suficientemente identificados de autos; fundamentada dicha recusación en la causal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, ciudadano CLAUDIO FRISOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la C.....