esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado 514 Y 522 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento de solicitud de Jurisdicción Voluntaria de DIVORCIO 185-A, presentado por los ciudadanos: HELY JOSE TENIAS GONZALEZ Y ROSMARINA CLARET VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.309.559 y V-10.202.946, debidamente asistidos por la abogada YUMELYS REYES PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.961, donde se encuentra involucrado el adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) no posee discapacidad ni pertenece a grupo étnico, m.....