Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra del acusado ANDRES ELOY RODRIGUEZ VILLEGA, titular de la cédula de identidad número 17.732.416, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de la victima WILLIANS RAFAEL AMORIN VALDEZ, ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 01-03-2.010, A LAS 8:20AM. Líbrense las correspondientes boletas de notificación y citación, instándose a la Oficina de Alguacilazgo para que de cumplimiento a la consignación de las boletas con antelación a la celebración del acto fijado. Notifíquese a las partes. Regís.....