Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, presentada por la ciudadana CHRISTIAN DEL CARMEN NUÑEZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.783.472 y domiciliada en el Sector Aquavilla Complejo Turístico El Morro, Municipio Urbaneja, Estado Anzoátegui, en contra del ciudadano PEDRO ELIAS BOADA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.497.671 y domiciliado en Residencias Club de Vela, Complejo Turístico El Morro, Municipio Urbaneja, Estado Anzoátegui. Así se decide.