Por las razones de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1) ANULA la sentencia dictada por el Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 15 de septiembre de 2004, y que fuera objeto de la consulta obligatoria establecida en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional. 2) Se REPONE la causa al estado de notificar al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de la demanda incoada por el ciudadano LUIS ENRIQUE BARRIOS GAMBOA contra el ¿REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI¿.