En consecuencia, como quiera que en el asunto principal tramitado por ante este Juzgado, signado con la nomenclatura BP12- F-2007-000075, consta Sentencia de fecha 29 de enero del año 2009, y de la cual se ejercieron los recursos, adquiriendo el carácter de Sentencia Definitivamente Firme, en estricto acatamiento a las Sentencias dictadas tanto por la Sala Constitucional como por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, es forzoso para este Tribunal declarar que el Juez natural en el caso de autos es el Tribunal de Municipio en razón de la cuantía y no este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre. ASI SE ESTABLECE.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre declara su INCOMPETENCIA para seguir conociendo d.....