Este Juzgado Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO AL ACUSADO RAYMON ALEXANDER ZURITA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.927.906, Venezolana, natural de Barcelona-Anzoátegui, donde nació en fecha: 18-04-84, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciada en Calle Pica de Maurica, casa s/n, al lado de la agencia de Lotería Nazareth, Barrio Corea, Barcelona-Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICTA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y a estos efectos se les impone al acusados las siguientes condiciones: 1. Residir en esta Jurisdicción. 2.- Presentarse por ante la sede de e.....