Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION a favor del imputado DANIEL DE JESUS PEINADO MORENO, Titular de la Cedula de Identidad N° 14.931.637, nacido en fecha 13-08-79, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, de 27 años de edad, de estado civil Soltero, Albañil, hijo de los ciudadanos: LUIS PEINADO e ISABEL MORENO, residenciado en: Calle San Ramón, Casa Nº 15, Las Delicias, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio LA COLECTIVIDAD.- Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario, a tenor de lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373, ambos de Código Orgánico Procesal Penal.- Asimismo se acuerda oficiar al Comandante de la Zona Polici.....