este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada JUDITH RIVERO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora; contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 01 de junio de 2.011.-
Segundo: Se REVOCA en todas y cada de sus partes la decisión dictada por el Juzgado A-quo en fecha 01 de junio de 2.011.-
Tercero: CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL; intentara la abogada JUDITH RIVERO MOY, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos PORFIRIO RAFAEL FIGUEROA, TOMASA EDILIA FIGUEROA, CARMEN ARMECIA AZOCAR FIGUEROA, RAUL ALDRIAN AZOCAR FIGUEROA, YHAJAIRA DE LOURDES AZOCAR FIGUEROA, MORELIA ZUL.....