Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al imputado RAFAEL AQUILES PEREZ, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.359.390, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 11-12-1976, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de EISMELDA PEREZ (v) y de padre desconocido, residenciado en el Barrio Guamachito, Calle Inos, Casa N° 12-68, Barcelona, Estado Anzoátegui y ALBERTO JOSE GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.706.497, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 10-07-1980, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Orangel González e Ines Hernández, residenciado en Av. A.....