este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se acuerda expedir un (1) ejemplar adicional para la parte compareciente. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 197 ° y 148 °