DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrado Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por cobro de diferencia sobre prestaciones sociales e indemnizaciones provenientes de enfermedad laboral, que intentara el ciudadano HECTOR ANTHONY BETANCOURT PINHEIRO, en contra de la empresa DEUTAG PETROL DE PERFORACIONES, C.A., ambas partes ampliamente identificadas en autos, en virtud de haberse declarado PRESCRITA, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo, la pretensión del demandante de reclamar a la empresa demandada DEUTAG PETROL DE PERFORACIONES, C.A., por concepto de diferencia de prestaciones sociales y demás conceptos laborales contenida en la presente acción.
SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión del actor tendente a obtener el pago por vía de indemnización po.....