A tales fines el Tribunal acuerda ordenar lo siguiente: PRIMERO: Al ciudadano Comandante del Comando Regional N° 07 de la Guardia Nacional de este Estado proceda a girar instrucciones dentro de su comando en relación al operativo necesario para llevarse a cabo el acto fijado por este Tribunal (incineración de droga,) en lo referente a la presencia de efectivos de la Guardia Nacional en el lugar donde se llevará a cabo la incineración. Igualmente a la vigilancia y custodia durante la transportación de la droga desde la Sede de la Segunda Compañía del Destacamento N° 75 de la Guardia Nacional hasta el lugar de la Incineración bajo la supervisión del Ministerio Público del Fiscal que le corresponda. Así como el resguardo y seguridad de los funcionarios que estarán presentes durante el procedimiento (jueces, fiscales, y expertos). Igualmente se le hará saber que deberá hacer comparecer a los ciudadanos expertos adscritos al Laboratorio Científico de Oriente de la Guardia Nacional de este E.....