Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, decretada Audiencia Preliminar de conformidad a lo establecido en el Articulo 330 ordinal 3, 20 ordinal 2 y 318 Ordinal 3 Código Orgánico Procesal Penal a favor de los acusados RAMON ALEXANDER MACUMA SOLORZANO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.820.819, natural de Calabozo, Estado Guarico, nacido en fecha 18/11/1979, de 25 años de edad, soltero, de Profesión u oficio Albañil, hijo de Ramón Macuma (v) y Ursula Solórzano (v), residenciado en el Sector José Antonio Anzoátegui, Calle 08, Casa S/N, Naricual, Estado Anzoátegui y RAFAEL AQUILES PEREZ, quien es venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la cedula de identidad Nº V-17.359.390.....