Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control Nº 1 Sección de Adolescente del Circuito judicial Penal del estado Anzoátegui administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE a los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE SURGA CAMERO, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº V-18.766.906, Chofer y residenciado en la Calle Páez casa S/n, Sector 1 Barrio La Ponderosa Barcelona Estado Anzoátegui y JOSE MANUEL RIVAS RODRIGUEZ mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº V- 19.168.329, obrero y residenciado en la Calle Páez casa S/n, Sector 1 Barrio La Ponderosa Barcelona Estado Anzoátegui como fiadores del imputado como FIADORES del imputado IDENTIDAD OMITIDA ampliamente identificado en autos, en consecuencia deben comparecer al Tribunal a los fines de imponerlas de las obligaciones que han de contraer conforme lo indicado en los artículos 258 del Código Orgánico P.....