este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. EXPÍDASE UN (1) EJEMPLAR ADICIONAL, PARA LA PARTE COMPARECIENTE. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 197 ° y 148 °.
El Juez,
Abg. Unaldo José Atencio Romero
Por HUABEI PETROLEUM SERVICES, C.A.
La Secretaria,
Abg. Brenda Castillo
En la misma fecha, se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 10:55 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste
La Secretaria,
BP12-L-2007-000253.- UJAR/ua