Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley ACUERDA; librar oficio a la Coordinación Regional De la Unida de Defensa Pública de este Estado a los fines de qué se designe el correspondiente DEFENSOR PUBLICO que asistirá por ante la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Público de este Estado al Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano , natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 13-5-92, de 15 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.569.362, hijo de los ciudadanos Maria Mercedes Tandio y de Julio Hipólito Lasso, residenciado en la Calle Juncal, casa Nº 10-13, Barrio Guamachito, Barcelona Estado Anzoátegui.
Todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 49.....