Se dictó sentencia Interlocutoria en el presente asunto mediante el este Tribunal declara su INCOMPETENCIA en razón del territorio, para seguir conociendo del presente Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano DEXTER ANTOINE, debidamente asistido por la Abogada ISOBEL RON, arriba identificados, con ocasión del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara la empresa PDVSA PETROLEOS S.A., en su contra. En consecuencia declina la competencia para conocer del mismo en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona. Se ordena su remisión mediante oficio al Juzgado Superior que corresponda luego de la distribución respectiva. Así se decide.