"...Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los vehículos señalados por la parte ejecutante hasta por la cantidad de Ciento Cincuenta y Cuatro Millones (Bs. 154.000.000,ºº), los desposesiona jurídicamente de la parte ejecutada y los coloca en posesión de la Depositaria Judicial ANZOÁTEGUI, C.A., representada en este acto por el ciudadano EDUARDO ANTONIO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.535.637, quien encontrándose juramentado aceptó conforme en nombre de su representada Depositaria ANZOÁTEGUI, C.A.; y expone: "Recibo y tomo posesión de los bienes muebles embargados ejecutivamente en este acto, para su guarda y custodia como un buen padre de familia, hasta tanto el Tribunal comitente decida lo conducente. Es todo". La presente act.....