Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de Revisión de la Medida de Privación Judicial de Libertad al ciudadano YORMAN JOSE ALVAREZ, 18.280.224, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, otorgando Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de las establecidas en el Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente las contempladas en los ordinales 3°, 4° y 5°; los cuales consisten en lo siguiente: Primero: Presentación por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial cada ocho (08) días. Segundo: Prohibición de salida de la Jurisdicción de este .....