La Juez Segundo Ejecutor de Medidas Abg. DIANA VÁSQUEZ BASS, oído lo expuesto por las partes, por no ser contrario a derecho y a ninguna exposición expresa de la Ley, acuerda otorgar el lapso solicitado por el ejecutado, a los fines de que se traslade al Banco, así como para que se haga presente el Abogado que lo asistirá en el presente acto. Siendo las doce y veinte del día (12.20 p.m), se hace presente el Abogado MANZUR ADONIS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.000, quien manifiesta que asistirá a la parte demandada y ejecutada sociedad mercantil CAPINCA C.A., a quien inmediatamente la ciudadana Juez procedió a notificarlo de la misión del Tribunal, para lo cual se le leyó la comisión en su integridad. Seguidamente y vencido el lapso otorgado, compareció la parte ejecutada sociedad mercantil CAPINCA, C.A., representada por el ciudadano EMILIO ANTONIO PEREZ, asistido en este acto por el Abogado MANZUR ADONIS GONZÁLEZ CORREDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.....