Vista la anterior solicitud de Divorcio 185-A (Demanda Familia) intentada por los ciudadanos: ANGEL JOSE PARICA y MIREYA JOSEFINA ARAY YANEZ; asistidos en este acto por la abogada Lilianet María Rodríguez Mata, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 157.744, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden Público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho, y conforme a competencia atribuida en Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 02-04-2009. Cítese a cualquier Fiscal de Guardia del Ministerio Público de este Estado, en su carácter de parte de buena fe; a fin de que comparezca ante este tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su citación, en horas de despacho, a exponer lo que considere necesario, en relación con la presente solicitud. Líbrese compulsa a los fines de.....