Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, 1) Se REPONE la causa al estado en el que el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo que por distribución corresponda de cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en la motiva de la presente decisión. 2) Se decreta la nulidad de las actuaciones realizadas por ante el Tribunal a quo, así como la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, en fecha 06 de junio de 2001.
No hay pronunciamiento sobre costas, dada la naturaleza de este fallo.