Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Del Municipio San José De Guanipa Actuando en Funciones De Control Sección Penal De Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del ciudadano SE OMITE, venezolano, titular del cédula de identidad Nº SE OMITE, y con domicilio en la ciudad de Guanipa Municipio San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido al artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.