Con base a las razones de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana YELMARY MARTINEZ, debidamente asistida de la abogada YACARY GUZMAN, contra la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 11 de mayo de 2.012.- Y así se decide.-
SEGUNDO: INADMISIBLE IN LIMI LITIS, la presente demanda que por Desalojo; intentará la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA KATAVEN C.A, contra la ciudadana YELMARY MARTINEZ TRAVIESO, todos ya identificados.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.- Y así también se decide.-
CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión y una vez que consten en autos la.....