esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud presentada por la ciudadana FERNANDA CAROLINA CARPIO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.432.614, domiciliada en: Calle Miranda, Casa S/Nº, Comunidad de San Miguel, Parroquia San Miguel del Municipio Fernando de Peñalver del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO MIGUEL ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado Nº 50.984. SEGUNDO: Se DECLARAN como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del de cujus ciudadano LUIS ANTONIO MACHADO ORTA, quien era de nacionalidad venezolana, titular de Cédula de Identidad Nº V-8.547.417, fallecido en fecha 24 de Noviembre de 2013, a sus hijo.....