Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los Ciudadanos FREDDY RIGOBERTO ATAY PARACO y MARBELIS GILLERMINA ITRIAGO RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-12.438.853 y V.-13.752.942 respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana ABG. MONICA ALMEIDA, Venezolana, Abogada en ejercicio, mayor de edad, inscrita en el I.PS.A bajo el No. 193.609, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha Treinta de Abril del Año Mil Novecientos Noventa y Ocho 30/04/1998, por ante el Registro Civil del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, lo cual se evidencia de la Copia Ce.....